AT'N. JEFATURA DE INFORMACIÓN REPORTERA/O DE LA FUENTE |
COMUNICADO DE PRENSA 4 de abril de 2016
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Revisiones migratorias en carreteras, atentan contra libre circulación de población mexicana
- Esta semana concluye periodo de desahogo de pruebas sobre constitucionalidad de revisiones migratorias en carretera, ante juzgado de Querétaro.
- Criterios discriminatorios, utilizados por agentes del INM, aliados en la detención de personas mexicanas.
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J uzgado en Querétaro tiene la oportunidad de sentar un precedente al pronunciarse sobre la constitucionalidad de las revisiones migratorias en puntos móviles carreteros, por atentar contra los derechos de no discriminación y libre circulación de personas mexicanas. Esto será posible al fallar sobre el caso de tres jóvenes chiapanecos, quienes salieron de su comunidad para dirigirse a trabajar como jornaleros agrícolas al estado de Sonora, el pasado 03 de septiembre, quienes fueron privados de su libertad por una semana, durante una revisión migratoria en Querétaro por considerarlos originarios de Guatemala, llevándolos a la estación migratoria del estado para su deportación.
Este caso se suma a los 15 que dan vida a la Recomendación 58/2015[1], emitida el pasado 13 de enero por la Comisión Nacional e los Derechos Humanos (CNDH), dirigida a 22 servidores públicos del Instituto Nacional de Migración (INM), incluido el Comisionado Ardelio Vargas Fosado. Aunque en diferente tiempo y estado ocurrieron los hechos, las circunstancias de modo y lugar fueron similares: revisiones en puntos móviles carreteros por parte de agentes del INM, resultando en la detención de personas mexicanas.
Estas detenciones son una muestra del impacto en la población mexicana de la política migratoria de contención del país, que en aras de detener el tránsito migratorio irregular viola el derecho a la libre circulación y no discriminación de sus connacionales, de acuerdo con el artículo 11 de la Constitución mexicana. A ello se suma, la securitización de las fronteras y el incremento de las revisiones migratorias a lo largo y ancho del país, tras la puesta en marcha del Programa Frontera Sur en julio de 2014. De acuerdo con datos de la Secretaría de Gobernación, entre 2014 y 2015 incrementaron en un 62% las detenciones de mujeres y niñas migrantes en tránsito irregular en el país, mientras que entre 2013 y 2015, éstas incrementaron un 233%.
Por ello, ante la última audiencia de desahogo de pruebas del Amparo presentado el pasado 6 de septiembre ante juzgado en Querétaro, sobre la constitucionalidad de la implementación del artículo 97 de la Ley de Migración, buscamos que ninguna persona mexicana sea privada de su libertad por el actuar discriminatorio de los agentes del INM durante las revisiones migratorias en carretera, y la sanción a los agentes que incurren en actos discriminatorios contra la población mexicana y extranjera.
Cabe señalar que aún está en trámite una queja ante la CNDH por el caso de los tres jóvenes mexicanos detenidos tras considerarlos guatemaltecos, presentada desde el 6 de septiembre de 2015.
[1] Recomendación 58/2015. Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la libertad personal y de tránsito, y a la no discriminación en agravio de V1, V2, V3, V4, V5, V6, V7, V8, V9, V10, V11, V12, V13, V14 y V15 de nacionalidad mexicana. CNDH. http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Recomendaciones/2015/Rec_2015_058.pdf
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Video. Resumen de testimonio en tzeltal, traducido por intérprete certificado. Grabado el 10 de septiembre de 2015. |
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Más información: Miriam González Sánchez, Instituto para las Mujeres en la Migración, AC Tel. (52 55) 5211.4153 y 5658.7384 // Móvil. 044 5537335819 miriamg@imumi.org |
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